¿Qué es ASNEF?
ASNEF, también llamado Asnef-Equifax, es un sistema de información crediticia, lo que popularmente se conoce como «fichero de morosos». Las entidades que participan en él comunican las deudas impagadas de sus clientes, y otras entidades pueden consultarlas antes de concederte financiación.
No es el único. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) cita también el fichero de Experian entre los más habituales. Estar en uno no significa estar en todos.
La norma que lo regula es el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos (LOPDGDD), junto con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Solo puede consultar tus datos quien tenga contigo una relación que implique pagos o a quien hayas pedido financiación, pago aplazado o facturación periódica.
¿Quién puede incluirte en ASNEF y con qué requisitos?
Solo el acreedor, o quien actúe por su cuenta, puede comunicar tu deuda, y la ley exige varios requisitos a la vez:
- La deuda debe ser cierta, vencida y exigible, y no puede estar recurrida por ti en una reclamación administrativa o judicial, ni en un procedimiento de resolución de disputas vinculante.
- El acreedor debe haberte informado, en el contrato o al reclamarte el pago, de que podía incluirte en estos ficheros y en cuáles.
- Según la AEPD, debe haberte requerido el pago antes de comunicar la deuda.
- No se pueden incluir deudas cuyo principal sea inferior a 50 € (disposición adicional sexta de la LOPDGDD).
Además, el fichero debe notificarte la inclusión e informarte de tus derechos. Durante los 30 días siguientes a esa notificación tus datos permanecen bloqueados, así que es el mejor momento para pagar o para reclamar si la deuda no es correcta.
¿Cómo saber si estás en ASNEF?
Ejerce tu derecho de acceso ante el responsable del fichero. Deben responderte en el plazo máximo de un mes, y ASNEF indica que ni la asociación ni Equifax cobran por atender estas solicitudes.
- Online: Equifax ofrece en su web para consumidores una vía de consulta que, según indica, da respuesta inmediata.
- Por correo postal: con tu nombre, DNI o NIE, una dirección para la respuesta, el derecho que ejerces, la fecha y tu firma. La AEPD tiene un formulario de acceso que puedes usar.
- Repite la consulta en otros ficheros, como el de Experian, si quieres tener la foto completa.
No pidas esta información a la AEPD: no la tiene. Y desconfía de webs que te cobran por «consultar ASNEF»: el propio fichero advierte contra ellas, porque la consulta directa no cuesta nada.
Si te deniegan un préstamo por lo que aparece en un fichero, la entidad que lo consultó debe informarte del resultado de esa consulta.
¿Cuánto tiempo permanecen tus datos en el fichero?
Mientras la deuda siga impagada, con un máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación. Pasado ese plazo, los datos deben salir aunque la deuda no se haya pagado.
Ojo: que la deuda salga del fichero no significa que deje de existir. El acreedor puede seguir reclamándotela por otras vías mientras no haya prescrito.
Y si pagas antes, no tienes que esperar a los cinco años: la salida debe producirse en cuanto el acreedor comunique el pago.
¿Cómo salir de ASNEF?
Hay dos caminos, según la deuda sea correcta o no.
Si la deuda es correcta: pagarla
- Paga la deuda y guarda el justificante.
- Según la AEPD, el acreedor debe comunicar al fichero en el plazo de una semana que la deuda ya no existe, para que la borren.
- No esperes de brazos cruzados: comunica tú mismo el pago al fichero y pide la supresión de tus datos, adjuntando el justificante.
Si la deuda no es correcta: reclamarla
- Pide la rectificación o supresión de los datos al fichero y al acreedor, explicando por qué la deuda no procede.
- Antes, si quieres, puedes usar el sistema gratuito de mediación de AUTOCONTROL que recomienda la AEPD (91 309 66 37, mediacion@autocontrol.es).
- Si te incluyeron sin cumplir los requisitos, puedes reclamar ante la AEPD. Antes puedes dirigirte al responsable del fichero y a su delegado de protección de datos.
Ten en cuenta que la AEPD no decide si la deuda existe ni cuánto es: eso se discute con el acreedor.
Comprueba al cabo de unas semanas, con una nueva consulta de acceso, que tus datos han desaparecido.
¿Qué hacer si te llega una notificación de inclusión?
Actúa dentro de los 30 días siguientes, mientras tus datos siguen bloqueados y nadie más puede verlos.
- Comprueba la deuda: quién es el acreedor, de qué contrato procede, el importe y la fecha de vencimiento.
- Si la reconoces, contacta con el acreedor para pagarla o acordar cómo hacerlo, y pide confirmación por escrito.
- Si no la reconoces o el importe no cuadra, reclámala por escrito al acreedor y pide al fichero la rectificación o supresión, explicando el motivo.
- Guarda copia de todo lo que envías y recibes: te servirá si después necesitas reclamar.
Si quien te reclama es una empresa de recobro, pregúntale por cuenta de quién actúa y pide el detalle de la deuda antes de pagar.
¿Se puede pedir un préstamo estando en ASNEF?
Sí, se puede solicitar. Algunas entidades estudian solicitudes de personas que figuran en ASNEF, sobre todo para importes pequeños, pero la decisión depende siempre de su propia evaluación. La Ley 16/2011 obliga a todo prestamista a evaluar tu solvencia antes de firmar, y para ello puede consultar estos ficheros.
En la práctica, una entidad puede valorar positivamente que la deuda sea pequeña, antigua o que tengas ingresos estables, pero nadie puede asegurarte de antemano que te aprobarán.
Antes de solicitar, piensa si te conviene. Si estás en ASNEF por un impago reciente, pedir otro préstamo para cubrirlo suele empeorar la situación; en la guía sobre qué pasa si no pagas un préstamo verás alternativas.
Si decides solicitar, en nuestro comparador y en la sección de préstamos rápidos mostramos las condiciones de cada oferta. Revisa también quién te presta de verdad antes de enviar tus datos.
Errores frecuentes con los ficheros de morosos
- Pagar por consultar: el acceso a tus datos es gratuito.
- Ignorar la notificación de inclusión: los 30 días de bloqueo son tu oportunidad para pagar o reclamar antes de que otros vean la deuda.
- Dar por hecho que, al pagar, desapareces solo: comprueba que el acreedor lo ha comunicado y pide la supresión si no es así.
- Consultar un solo fichero: puede haber deudas en otro distinto.
- Pedir préstamos en cadena: cada solicitud implica una nueva evaluación, y otra deuda puede complicar tu salida.
Compara antes de pedir
13 servicios con su importe, plazo y ejemplo de coste en una sola página.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta consultar si estoy en ASNEF?
Nada. ASNEF indica que no cobra por atender las solicitudes de acceso, y el responsable del fichero debe responderte en el plazo máximo de un mes.
¿Me pueden meter en ASNEF por una deuda de 30 €?
No. La ley impide incluir en estos ficheros deudas cuyo principal sea inferior a 50 €.
¿Cuánto tiempo puedo estar en ASNEF?
Mientras la deuda siga impagada, con un máximo de cinco años desde el vencimiento de la obligación. Si pagas antes, deben borrar tus datos.
¿Si pago la deuda, salgo automáticamente de ASNEF?
El acreedor debe comunicar el pago al fichero en una semana para que borren tus datos. Aun así, conviene que tú también envíes el justificante y pidas la supresión.
¿Me pueden incluir en ASNEF sin avisarme?
No. El acreedor debe haberte informado de esa posibilidad en el contrato o al reclamarte el pago, y el fichero debe notificarte la inclusión.
¿Puedo conseguir un préstamo si estoy en ASNEF?
Puedes solicitarlo, y algunas entidades estudian estos casos, pero la aprobación depende de la evaluación de solvencia de cada prestamista. Nadie puede asegurarte el resultado de antemano.
Fuentes
- BOE: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (art. 20 y disposición adicional sexta)
- AEPD: requisitos para incluir a una persona en un fichero de morosos
- AEPD: he sido incluido en un fichero de morosos pero desconozco en cuál
- AEPD: ya he pagado mi deuda y sigo incluido en un fichero de morosos
- AEPD: cuándo puedo reclamar ante la AEPD por mi inclusión en un fichero de morosos
- ASNEF: consultar el fichero ASNEF
- BOE: Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo (art. 14 y 15)
